Dopaje
“El uso de un artificio (sustancia o método),
potencialmente peligroso para la salud del deportista y/o
susceptible de mejorar su rendimiento, o la presencia en el
organismo de un deportista, de una sustancia o la constatación
de un método, que figuren en la lista anexa al Código
Antidopaje del Movimiento Olímpico.
El problema del dopaje tiene orígenes
y repercusiones mundiales Con connotaciones éticas,
políticas, sociales, de salud y deportivas. El primer
paso al combate del dopaje es la prevención por medio
de la educación.
Antecedentes
Siglo III a.c. los atletas griegos utilizaban hongos
Los kaffirs en Africa utilizaban como estimulante un licor
al que llamaban “dop”
Siglo XIX Se utilizan en forma importante cafeína,
alcohol, trinitroglicerina, diethyl ether, estricnina, anfetaminas
y opio
1960 Juegos Olímpicos en Roma. Incremento en la utilización
de sustancias peligrosas. Fallece el ciclista Kurt Enemar
Jensen por anfetaminas
1961 Creación de la Comisión Médica del
Comité Olímpico Internacional
1963 Se publica una lista de substancias prohibidas por parte
del Consejo Europeo
1965 A la luz de la experiencias en los Juegos de Tokio 1964,
el Principe Alexander de Merode del COI presenta un reporte
que marca el inicio de la lucha antidopaje
1967 En Mayo, el Príncipe
Alexander de Merode fué nonbrado Jefe de la Comisión
Médica del COI, con los siguientes principios básicos:
Protección de la Salud de los Atletas
Defensa de la Etica en los deportes
Igualdad para todos los participantes en el momento de las
competencias.
Código Médico del
Comité Olímpico Internacional
Capítulo I.
Artículo II.
El código médico del Comité Olímpico
Internacional aplica a todos los atletas, entrenadores, trainers,
oficiales y personal médico y paramédico que
trabajo con, o atiende atletas que participan en o se preparan
para participar en competencias deportivas de los Juegos Olímpicos,
todas aquellas competencias en las que reciben apoyos del
COI y en general todas aquellas competencias que se enmarcan
en el contexto del Movimiento Olímpico, en particular
en aquellas organizadas bajo la Autoridad, sea directa o delegada,
de una federación internacional o comité Olímpico
nacional reconocido por el COI.
Toda persona que integre, se prepare para o participe en cualquier
forma en competencias descritas en el presente Artículo
se presume que acepta respetar y cumplir con el Código
Etico del Comité Olímpico Internacional.
El uso de, el aconsejar sobre el
uso de, el permitir el uso de o condonar el uso de cualquier
sustancia o método prohibido por el CMCOI esta prohibido.
Las sanciones serán aplicadas en el evento o en cumplimiento
de lo establecido por el CMCOI.
Código Médico del Comité Olímpico
Internacional
Capítulo I.
Artículo IV.
Sin limitar la obligación de otros para cumplir con
lo establecido por el CMCOI, es responsabilidad personal de
cada competidor sujeto a lo establecido por el CMCOI estar
seguro de que no ingiere ninguna sustancia prohibida o se
involucra en cualquier método prohibido.
Clases de sustancias prohibidas
Estimulantes
Narcóticos
Agentes anabólicos
Diuréticos
Hormonas peptídicas, miméticas y análogas
Agentes con actividad antiestrogénica
Agentes enmascarantes
Métodos prohibidos
Métodos que promueven la transferencia de oxígeno
Dopaje en sangre
Productos que promueven el consumo, transporte o liberación
de Oxígeno
B. Manipulación farmacológica, química
o física.
C. Dopaje genético
Métodos que promueven la
transferencia de oxígeno
Dopaje en sangre
Productos que promueven el consumo, transporte o liberación
de Oxígeno
B. Manipulación farmacológica, química
o física.
C. Dopaje genético
Sustancias con restricción
Alcohol
Canabinoides
Anestésicos locales
Corticoesteroides
Beta - bloqueadores
Sustancias y métodos prohibidos
fuera de competencia
Anabólicos esteroideos
Diuréticos
Hormonas peptídicas
Agentes con actividad antiestrogénica
Agentes enmascarantes
Métodos prohibidos
Clases de sustancias prohibidas
Estimulantes del Sistema Nervioso
Ej.- Amineptina, amfepramona, amifenazole, anfetaminas, bambuterol,
bromatan, cafeina (12 mcg/ml), carfedón, catina, cocaina,
cropropamida, crotetamida, efedrinas (efedrina, catina y metilefedrina
más de 5 mcg/ml) (felinpropanolamina y pseudoefedrina
10 mcg/ml) o en la suma de las fracciones una concentración
de 10 mcg/ml) ....
Estimulantes SNC.
Acción Principal
Aumentar el estado de alerta
Evitar la fatiga
Estimulantes del Sistema Nervioso
Ej.- …. Estricnina, etamivan, etilanfetamina, etilefrina,
fencamfamina, fendimetrazina, fenilefrina, fenilpropanolamina,
fentermina, fentetilina, fenfluramina, foledrina, formoterol,
heptaminol, mefenorex, mefentermina, mesocarb, meta-anfetamina,
metoxifenamina, metilenedioxianfetamina, metilefedrina,, ....
Uso Frecuente:
La mayoría de los deportes
Resistencia
Velocidad
Fuerza
Coordinación Neuromuscular
Clases de sustancias prohibidas
Estimulantes del Sistema Nervioso
Ej.- …. metilfenidato, niketamida, norfenfluramina,
parahidroxianfetamina, pemolina, pentetrazol, pipradol, prolintane,
propilexedrina, pseudoefedrina, reproterol, salbutamol, salmeterol,
selegilina, terbutalina, Salbutamol *, salmeterol*, terbutalina*
y semejantes. (*Unicamente se permiten por inhalación,
con prescripción médica y justificación
específica en el manejo de asma inducida por el ejercicio,
por médico autorizado neumólogo o del equipo)
Reacciones Secundarias :
Menores
Insomnio
Ansiedad
Excitación nerviosa
Taquicardia
Arritmias
Severas
Hipertensión
Alteraciones renales
Alteraciones de la termoregulación
Adicción
Clases de sustancias prohibidas
Narcóticos
Ej.- Se incluye la buprenorfina. Dextromoramida, diamorfina
(heroina), hidrocodona metadona, morfina, pentazocina, petidina
y sustancias análogas.
Están autorizados.- Codeina, dextrometorfan, dextropropoxifeno,
dihidrocodeina, difenoxilato, etilmorfina, polcodina, propoxifeno
y tramadol.
Acción Principal: Disminuir la respuesta fisiológica
y psicológica al dolor
Se utilizan en tiro y deportes resistencia
Efectos Secundarios Leves: Depresión cardiorespiratoria
y vascular
Severos: Disminución de testosterona, trastornos psiquiátricos
agudos, adicción
Sobredosis: estupor y coma
Clases de sustancias prohibidas
Agentes anabolizantes
Ej.- Esteroides anabolizantes andrógenos (SSA), Beta
- 2 agonistas
Se establecen nuevos sistemas de detección por medición
isotópica, en función de la relación
fisiológica/concentración detectada.
Esteroides Anabólicos
Efecto: Aumentan la fuerza y masa muscular
Se usan en halterofilia, gimnasia, atletismo, fisicoconstructivismo
Efectos secundarios Mujeres: Masculinización, alteraciones
de la voz, crecimiento del clítoris
Hombres: atrofia testicular, disminución de esperma
y testosterona
Clases de sustancias prohibidas
Agentes anabolizantes
Esteroides anabolizantes andrógenos (SSA)
Ej.- androstenediol, androstenediona, bambuterol, boldenona,
clenbuterol, clostebol, danasol, dehidroclormetiltestosterona,
dehidroepiandrosterona (DHEA), dihidrotestosterona, drostanolona,
….
Esteroides Anabólicos
Efectos Secundarios Severos:
Lesiones cardiovasculares
Mal funcionamiento hepático
Esterilidad
Lesiones musculares
Clases de sustancias prohibidas
Agentes anabolizantes
Esteroides anabolizantes andrógenos (SSA)
Ej.- …. fenoterol, fluoximesterona, formebolona, formoterol,
gestrinona, mesterolona, metandienona, metandriol, metenolona,
metiltestosterona, mibolerona, nandrolona. Se incluyen 19
- norandrostenediol, 19 - norandrostenediona,noretandrolona,
oxandrolona, oximesterona, oximetolona, reproterol, salbutamol,
salmeterol, stanozol, terbutalina, testosterona, trenbolona,
y sustancias semejantes.
Clases de sustancias prohibidas
Agentes anabolizantes
Los se establecen perfiles metabólicos y/o relaciones
isotópicas, de cuyo resultado se establecerán
conclusiones definitivas.
La relación de Testosterona “T”
Clases de sustancias prohibidas
Agentes anabolizantes
En presencia de testosterona “T” y epitestosterona
“E” con una relación mayor de 6/1 es positiva
en tanto no se encuentre evidencia de una alteración
subyacente fisiológica o patológica.
Ej.- baja escreción de epitestorona, tumor de escreción
androgénica, déficits enzimáticos.
Clases de sustancias prohibidas
Agentes anabolizantes
Con una relación mayor de 6/1 de testosterona “T”
y epitestosterona “E”. La autoridad médica
realizará investigación previo a declararlo
positivo. Incluyendo hasta tres evaluaciones sin aviso, una
por mes.
Clases de sustancias prohibidas
Agentes anabolizantes
Beta 2 - agonistas
Ej.- Los administrados en forma sistémica, aquellos
con efectos anabolizantes, como bambuterol, clenbuterol, fenoterol,
formeterol, reproterol, salbutamol *, salmeterol, terbutalina
* y sustancias semejantes.
Efectos:
Por vía oral o parenteral
presentan un efecto anabólico
Clases de sustancias prohibidas
Hormona peptídicas, miméticas y análogas.
Ej.- La presencia de una concentración anormal de hormonas
endógenas o sus marcadores diagnósticos es positiva
en tanto no se demuestre lo contrario desde el punto de vista
fisiológico o patológico.
Reacciones Secundarias
Efectos secundarios menores, nauseas, vómito y dolor
de cabeza.
Reacciones severas como pubertad precoz, irritabilidad, depresión
y choque anafiláctico.
Clases de sustancias prohibidas
Hormona peptídicas, miméticas y análogas.
Ej.- Todos los factores de liberación de las sustancias
anteriores, y eritropoietina (EPO).
La insulina únicamente esta permitida en atletas con
diabetes insulino dependientes, acreditada por endocrinólogo
o médico de equipo acreditado.
Métodos prohibidos
Dopaje en sangre
B. Manipulación farmacológica, química
o física
Métodos prohibidos
Dopaje en sangre
Es la administración de sangre, glóbulos rojos,
transportadores artificiales de oxígeno y productos
relacionados.
Métodos prohibidos
B. Manipulación farmacológica, química
o física
Es el uso de sustancias y / o métodos que alteran o
pretenden alterar, o rasonablemente se espera afecten la integridad
y validez de las muestras utilizadas en los controles de dopaje.
Métodos prohibidos
B. Manipulación farmacológica, química
o física
Incluye, sin restricción, la administración
de diuréticos, cateterismos, sustitución de
la muestra, falsificación de la muestra, inhibición
de la escreción renal con probenecid o sustancias semejantes
y Métodos que busquen alterar las mediciones en las
concentraciones de testosterona y epitestosterona como con
la administración de bromatán o epitestosterona*.
Una concentración de epitestosterona* mayor a 200 ng/ml
requiere de investigación similar a la requerida en
presencia de testosterona en niveles positivos.
Métodos prohibidos. El éxito o el fracaso en
la utilización de algún método de manipulación,
no es material. El solo intento de la manipulación
se considera positivo.
Clases de drogas sujetas a cierta
restricción
Alcohol
Canabinoides + de 15 ng/ml * Se realizarán pruebas
en Juegos Olímpicos
Anestésicos locales
Corticoesteroides
Beta - bloqueadores
Otorga libertad a las sanciones que establezca la autoridad
responsable.
Clases de drogas sujetas a cierta
restricción
Alcohol
De acuerdo con las reglas que establezca la autoridad competente.
Las pruebas serán realizadas para detectar etanol.
Clases de drogas sujetas a cierta restricción
Canabinoides
Se modifica el rubro marihuana por el de canabinoides.
Se modifica la frase “… los resultados pueden
implicar sanciones… en acuerdo con las federaciones
internacionales y las autoridades responsables..” por
“ En donde las reglas de la autoridad responsable sean
propuestas”
Cuando las reglas de la autoridad competente así lo
establezcan. Las pruebas se realizarán para detectar
canabinoides (marihuana y hashish)
Clases de drogas sujetas a cierta
restricción
Canabinoides
En los Juegos Olímpicos
se realizarán pruebas para detectar canabinoides.
Una concentración en orina de 11-nor-delta 9-tetrahidrocanabinol-9-acido
carboxilico (carboxy-THC) mayor de 15 ng/ml está prohibida.
C Anestésicos locales
La notificación de uso ya no es requerida, salvo indicación
expresa :
A.- Bupivacaína, lidocaina, mepivacaina, procaina,
y similares, pueden ser utilizados a excepción de la
cocaina.
Agentes vasoconstrictores (como la adrenalina) pueden ser
utilizado en forma conjunta con los anestésicos locales.
C Anestésicos locales
La notificación de uso ya no es requerida, salvo indicación
expresa :
B.- Unicamente están permitidas inyecciones locales
o intraarticulares y con adecuada justificación médica.
C.- Si las reglas de la autoridad responsable lo requieren
debe realizarse la notificación.
D. Corticoesteroides
El uso sistémico de los corticoesteroides está
prohibido.
Está permitida la administración anal, dermatológica,
inhalada, nasal, oftalmológica y ótica. No está
permitida la administración rectal.
Cuando las reglas de la autoridad competente así lo
indiquen, la notificación de su administración
puede ser necesaria.
E. Beta - bloqueadores
Cuando las reglas de la autoridad competente así lo
indiquen, podrán realizarse pruebas para su detección.
Normas de Cuantificación
Si la concentración individual de estas sustancias
en forma individual es menor a la cantidad establecida, pero
la suma de las fracciones supera los
10 mcs/ml se considera la muestra como positiva.
Normas de Cuantificación
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